domingo, 17 de junio de 2018

Condiciones para cursar el plan Nacional de recuperación

Artículo 26: Para que el estudiante tenga derecho a inscribir un máximo de tres (3) unidades curriculares no aprobadas en el trayecto en el Plan Especial de Recuperación deben existir las siguientes condiciones en cada una de las unidades curriculares:

1. Haber obtenido la calificación mínima de seis (6) puntos.
2. Haber asistido como mínimo aun setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.



Artículo 27: Los estudiantes que no cumplan con las condiciones establecidas en el Artículo 26 del presente instrumento por causa de enfermedad, deben presentar justificativo e informe médico avalado por las instituciones de salud correspondiente ante las autoridades de la institución universitaria con el fin de avaluar su caso y considere la inscripción o no de la estudiante o el estudiante en el Plan Especial de Recuperación.

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