Vocero o vocera de Programa Nacional de
Formación: Es el o la estudiante
(electo/a) en asamblea que mantiene un enlace permanente entre las vocerías de
sección de su respectivo PNF y sus representados en el seno del Consejo
Estudiantil del Poder Popular para coordinar y ejecutar los acuerdos que se
adopten en ese órgano de toma de decisiones.
Vocera o vocero de Sección:
Es la o el estudiante electo (a) en asamblea estudiantil de cada sección,
responsable de elevar los acuerdos sancionados en los espacios de discusión
ante las instancias correspondientes. Es un activador y enlace comunicacional
de la voluntad de los estudiantes para cumplir con los acuerdos de la asamblea
de sección.
Vocerías de Cogobierno: Las vocerías de
Cogobierno, como instancias de cogobierno donde hace vida activa la voz
estudiantil, son las siguientes:
- Consejo Académico
- Consejo Curricular
- Consejo Social Territorial
- Consejo Directivo Universitario
- Consejo de Programa de Formación
Deberes de las Voceras y
Voceros del Consejo Estudiantil del Poder Popular:
- Cumplir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
- Defender y practicar la solidaridad nacional e internacional como fundamento de la libertad, la justicia y la paz.
- Respetar y hacer respetar los derechos de los estudiantes.
- Rechazar actos de discriminación étnica, religiosa, política o de cualquier otra índole.
- Mantener y promover una conducta apegada a los valores de la ética y la moral, tanto en el plano individual como colectivo.
- Promover la contraloría social a todos los niveles e instancias de la universidad, entre otros.
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